INSTITUTO ARGENTINO DE SEGURIDAD |
INFORMATIVO ON LINE
Nº 140
(25 – 07 – 2005)
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Para ASOCIADOS
Y RELACIONADOS AL I.A.S
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ASOCIACIÓN CIVIL Y CULTURAL SIN FINES DE LUCRO Fundado el 5 de Abril de 1940 DEDICADO A LA SEGURIDAD, HIGIENE, MEDICINA
DEL TRABAJO, PROTECCIÓN AMBIENTAL Y PREVENCIÓN DE ACCIDENTES EN LA INDUSTRIA,
HOGAR, TRÁNSITO Y DEPORTE
Avda. Callao
262 piso 5º (1022) - Ciudad de Buenos Aires - TELEFAX 4372-0042 / 4371-9835
E-MAIL: ias@ias.org.ar
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Comentarios
del Presidente SEGURIDAD Y REPARACIÓN INTEGRAL La Prevención de Accidentes es una exigencia
Legal, pero fundamentalmente es una responsabilidad moral, social y
humanística. Es hora de llamar a las cosas por su nombre.
El accidente es un hecho fortuito, sorpresivo, no posible de prever y en
consecuencia, no posible de Prevenir. Todo aquello que pueda Preverse y por lo
tanto, Prevenirse, eliminando o poniendo bajo control las causas que pueden
provocarlo pasa a ser un hecho culposo, atribuible a quienes intervienen en
su proceso y debe ser penalizado severamente. En la aplicación del actual Sistema de
Riesgos del Trabajo, esto está desvirtuado por las “negociaciones” en la
concertación de las alícuotas, que al no tener determinado un “piso” mínimo,
deja libre la determinación del “precio” del Seguro. Pero el Sistema no fue pensado así por el
Legislador, que imaginó una Ley que “premiara” a quienes más cumplieran con
la Prevención y castigara económicamente, a quienes no aplicaran las medidas
de Seguridad. Para ello determinó tres (3) Niveles de
Cumplimiento obligatorio, con sus respectivas Calificaciones por parte de las
ART´s. Luego, el “Ud. cumplir... Ud. ganar” se convirtió prácticamente en
“Ud. pagar... Ud. cobrar”. Porque así es el Seguro y es correcto que
así sea. El Seguro es básicamente quien “cubre” el precio de la “pérdida” y
en el Sistema, para hacerlo “previsible”, las pérdidas están tarifadas. Pero hay que entender que no es igual la
pérdida de un bien –que puede ser “repuesto” por uno igual ó similar ó por su
precio de mercado– que la pérdida de capacidad de ganancia, consecuencia de
la incapacidad parcial ó total permanente de aptitudes psicofísicas del
Trabajador y por lo tanto, se deben pensar otras variables, que hagan del
Seguro, una respuesta integral y social. Analicemos... ¿Qué pierde realmente el
Trabajador cuando sufre una incapacidad total permanente? § Pierde su empleo y es posible que no pueda volver a trabajar nunca más. ¿Cómo funciona el Sistema de reparación
económica? § El Seguro aplica el monto indemnizatorio tarifado y fija una cuota
mensual, más una cantidad en efectivo, ó puede “pagar” el monto total en una
sola vez. ¿Qué ocurre con el Trabajador damnificado? § Generalmente la cantidad que recibe, no le alcanza para cubrir sus
necesidades, como cuando estaba en plenitud y se complica en función del
tiempo que le queda de vida. ¿Cómo se podría solucionar este problema? § Complementando el resarcimiento económico para hacerlo integral. ¿De qué manera? – La ART pagaría lo tarifado en cuotas mensuales y el Empleador
responsable pagaría la diferencia mensual, según lo que estuviera ganando el
Trabajador en su actividad, al momento de determinarse la incapacidad total
permanente. – Se continuarían efectivizando los aportes y contribuciones de Ley, se
mantendría el servicio de Obra Social y al cumplir el Trabajador los años de
aportes y de edad, se jubilaría. Esta propuesta tendría las siguientes
ventajas: a)
El Seguro por Accidentes del Trabajo, sería
previsible y no habría que aumentar las alícuotas para cubrir mayores montos
que los tarifados. b)
El Empleador tratará de evitar los
accidentes, dada su responsabilidad económica en la reparación integral. c)
El Trabajador no “perdería” capacidad de
ganancia económica, ni quedaría fuera del Sistema Previsional y podría seguir
viviendo “dignamente” manteniéndose y manteniendo su familia. d)
El Estado cumpliría con la Constitución
Nacional, en lo referido a la reparación integral, aplicando un sistema que
la contemplara. Para los casos de muerte por accidente del
trabajo, el Seguro pagaría lo tarifado en la Ley y el Empleador un monto
similar o duplicado. Para los casos de incapacidad parcial
permanente, el Empleador responsable tendría que “dar trabajo” al accidentado
en su ámbito pagando un salario menor, según el grado de incapacidad que se
determine y el Seguro cubriría la diferencia del salario total, hasta la edad
jubilatoria del damnificado. Si el Empleador no pudiera “tomar” al
Trabajador en su Empresa, por razones de operatividad, se aplicaría lo
expuesto para aquel Empleador que pudiera tomarlo. Pueden existir muchas otras soluciones,
partiendo siempre del principio destinado a “cubrir” económicamente la
“capacidad de ganancia” perdida. Si esto se asume en forma “compartida” por
el Seguro y el Empleador, no cabe duda que la Prevención ocuparía el lugar
sustantivo que le corresponde. Jorge Alfredo Cutuli |
Actualización Legal |
SUPERINTENDENCIA DE
RIESGOS DEL TRABAJO |
RESOLUCIÓN Nro. 1579/2005 MODIFICASE LA RESOLUCION Nº 1/2005, MEDIANTE LA CUAL SE ESTABLECIO EL PROGRAMA PARA LA
PREVENCION DE ACCIDENTES DE TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES EN PYMES,
CON LA FINALIDAD DE DETERMINAR CON MAYOR PRECISION LAS DISTINTAS
RESPONSABILIDADES DE LOS SUJETOS INTERVINIENTES. Publicada en el B.O. Nro. 30700 / de fecha 21-7-05 Texto
completo: REPORTER I.A.S.
>>> NOTICIAS PERIODICAS DE
ACTUALIZACION LEGAL |
Riesgos del Trabajo
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Laboratorios: La importancia del diseño en relación al riesgo
que presenten
Al igual que ocurre con la ubicación y
la distribución, el diseño de un laboratorio también es importante en
relación al riesgo que presente. Aquí se indican los aspectos que deben de
tenerse en cuenta en el diseño de un laboratorio para tener un adecuado nivel
de protección en el mismo, considerando sus necesidades y las actividades que
se realizan. El diseño del laboratorio debe responder a las necesidades
del mismo, predominando la seguridad, la funcionalidad y la eficacia, sobre
los criterios puramente estéticos, si bien se deben intentar conjugar todos
ellos. Si desea ampliar la información sobre este Trabajo
técnico, ingrese a REPORTER I.A.S.
NOTICIAS E INFORMACIONES TECNICAS Y DE INTERES GENERAL |
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Cursos I.A.S. |
● SEGURIDAD EN LA CONSTRUCCIÓN En la Sede del I.A.S., el 10 de AGOSTO, de 9:30 a 12:30 y de 14:00 a
17:00 horas. Organizado por el Centro de Estudios sobre Seguridad e Higiene
Industrial del I.A.S., se llevará a cabo este encuentro educativo, con el objeto de brindar conocimientos
generales y específicos que contemplen las situaciones especiales y
modalidades de la Higiene y Seguridad en el Trabajo en la Industria de la
Construcción, de acuerdo con la nueva Legislación vigente en la materia. Para ampliar detalles relacionados,
reserva de vacantes y solicitudes, rogamos dirigirse a: capacitacion@ias.org.ar
o recabar datos en nuestra Página Web: www.ias.org.ar
/ Link Capacitacion / Programa Anual 2005 |
Seguridad en el Tránsito MANEJAR A LA DEFENSIVA Podríamos decir, que el manejo defensivo consiste en una
serie de buenos hábitos mediante los cuales se llega a evitar, colisiones,
atropellos, vuelcos, y toda clase de accidentes de tránsito. Así entonces,
manejar a la defensiva consiste en conducir, previendo todas las situaciones
de peligro originadas: a) Por actos inseguros del conductor, tales como: fatiga,
distracción, visibilidad, etc. b) Por actos inseguros de otros conductores, tales como:
los anteriores, así como manejo peligroso e inseguro. c) Por condiciones adversas que muchos conductores
consideran imprevistas, tales como lluvia, neblina, viento, desvíos, etc. De acuerdo con lo anterior, no se justifica que un
conductor argumente que el accidente se produjo porque él no se imaginaba,
que el otro conductor haría una maniobra inesperada. Resumiendo podemos decir
que quien conduce a la defensiva debe: ESPERAR TODO, IMAGINARSE TODO, SUPONER
TODO. MANEJAR A LA DEFENSIVA SIGNIFICA SER PRUDENTE EN EXTREMO,
EVITANDO TODO EXCESO DE CONFIANZA. Para ampliar esta
información, ingresar a REPORTER I.A.S. – Noticias e Informaciones Técnicas y
de Interés General |
IMPORTANTE: En nuestra Página Web se publican los INFORMATIVOS ON LINE del
I.A.S., desde el año 2003 a la fecha. Consúltelos a través del Link “INFORMATIVOS I.A.S. ON LINE” en
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