INSTITUTO ARGENTINO DE SEGURIDAD

INFORMATIVO ON LINE

Nº 140

(25 – 07 – 2005)

Para ASOCIADOS Y RELACIONADOS  AL  I.A.S

ASOCIACIÓN CIVIL Y CULTURAL SIN FINES DE LUCRO

Fundado el 5 de Abril de 1940

DEDICADO A LA SEGURIDAD, HIGIENE, MEDICINA DEL TRABAJO, PROTECCIÓN AMBIENTAL Y PREVENCIÓN DE ACCIDENTES EN LA INDUSTRIA, HOGAR, TRÁNSITO Y DEPORTE

Avda. Callao 262 piso 5º (1022) - Ciudad de Buenos Aires - TELEFAX 4372-0042 / 4371-9835

E-MAIL: ias@ias.org.ar

 

 

 

 

Comentarios del Presidente

 

SEGURIDAD Y REPARACIÓN INTEGRAL

 

La Prevención de Accidentes es una exigencia Legal, pero fundamentalmente es una responsabilidad moral, social y humanística.

Es hora de llamar a las cosas por su nombre. El accidente es un hecho fortuito, sorpresivo, no posible de prever y en consecuencia, no posible de Prevenir.

Todo aquello que pueda Preverse y por lo tanto, Prevenirse, eliminando o poniendo bajo control las causas que pueden provocarlo pasa a ser un hecho culposo, atribuible a quienes intervienen en su proceso y debe ser penalizado severamente.

En la aplicación del actual Sistema de Riesgos del Trabajo, esto está desvirtuado por las “negociaciones” en la concertación de las alícuotas, que al no tener determinado un “piso” mínimo, deja libre la determinación del “precio” del Seguro.

Pero el Sistema no fue pensado así por el Legislador, que imaginó una Ley que “premiara” a quienes más cumplieran con la Prevención y castigara económicamente, a quienes no aplicaran las medidas de Seguridad.

Para ello determinó tres (3) Niveles de Cumplimiento obligatorio, con sus respectivas Calificaciones por parte de las ART´s. Luego, el “Ud. cumplir... Ud. ganar” se convirtió prácticamente en “Ud. pagar... Ud. cobrar”.

Porque así es el Seguro y es correcto que así sea. El Seguro es básicamente quien “cubre” el precio de la “pérdida” y en el Sistema, para hacerlo “previsible”, las pérdidas están tarifadas.

Pero hay que entender que no es igual la pérdida de un bien –que puede ser “repuesto” por uno igual ó similar ó por su precio de mercado– que la pérdida de capacidad de ganancia, consecuencia de la incapacidad parcial ó total permanente de aptitudes psicofísicas del Trabajador y por lo tanto, se deben pensar otras variables, que hagan del Seguro, una respuesta integral y social.

Analicemos... ¿Qué pierde realmente el Trabajador cuando sufre una incapacidad total permanente?

§     Pierde su empleo y es posible que no pueda volver a trabajar nunca más.

¿Cómo funciona el Sistema de reparación económica?

§     El Seguro aplica el monto indemnizatorio tarifado y fija una cuota mensual, más una cantidad en efectivo, ó puede “pagar” el monto total en una sola vez.

¿Qué ocurre con el Trabajador damnificado?

§     Generalmente la cantidad que recibe, no le alcanza para cubrir sus necesidades, como cuando estaba en plenitud y se complica en función del tiempo que le queda de vida.

¿Cómo se podría solucionar este problema?

§     Complementando el resarcimiento económico para hacerlo integral.

¿De qué manera?

     La ART pagaría lo tarifado en cuotas mensuales y el Empleador responsable pagaría la diferencia mensual, según lo que estuviera ganando el Trabajador en su actividad, al momento de determinarse la incapacidad total permanente.

     Se continuarían efectivizando los aportes y contribuciones de Ley, se mantendría el servicio de Obra Social y al cumplir el Trabajador los años de aportes y de edad, se jubilaría.

Esta propuesta tendría las siguientes ventajas:

a)    El Seguro por Accidentes del Trabajo, sería previsible y no habría que aumentar las alícuotas para cubrir mayores montos que los tarifados.

b)    El Empleador tratará de evitar los accidentes, dada su responsabilidad económica en la reparación integral.

c)    El Trabajador no “perdería” capacidad de ganancia económica, ni quedaría fuera del Sistema Previsional y podría seguir viviendo “dignamente” manteniéndose y manteniendo su familia.

d)    El Estado cumpliría con la Constitución Nacional, en lo referido a la reparación integral, aplicando un sistema que la contemplara.

Para los casos de muerte por accidente del trabajo, el Seguro pagaría lo tarifado en la Ley y el Empleador un monto similar o duplicado.

Para los casos de incapacidad parcial permanente, el Empleador responsable tendría que “dar trabajo” al accidentado en su ámbito pagando un salario menor, según el grado de incapacidad que se determine y el Seguro cubriría la diferencia del salario total, hasta la edad jubilatoria del damnificado.

Si el Empleador no pudiera “tomar” al Trabajador en su Empresa, por razones de operatividad, se aplicaría lo expuesto para aquel Empleador que pudiera tomarlo.

Pueden existir muchas otras soluciones, partiendo siempre del principio destinado a “cubrir” económicamente la “capacidad de ganancia” perdida.

Si esto se asume en forma “compartida” por el Seguro y el Empleador, no cabe duda que la Prevención ocuparía el lugar sustantivo que le corresponde.

 

Jorge Alfredo Cutuli

 

Actualización Legal

SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO

       RESOLUCIÓN Nro. 1579/2005

MODIFICASE LA RESOLUCION Nº 1/2005, MEDIANTE LA CUAL SE ESTABLECIO EL PROGRAMA PARA LA PREVENCION DE ACCIDENTES DE TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES EN PYMES, CON LA FINALIDAD DE DETERMINAR CON MAYOR PRECISION LAS DISTINTAS RESPONSABILIDADES DE LOS SUJETOS INTERVINIENTES.

Publicada en el B.O. Nro. 30700 / de fecha 21-7-05

 

Texto completo:   REPORTER I.A.S. >>>  NOTICIAS PERIODICAS DE ACTUALIZACION LEGAL

 

 

Riesgos del Trabajo

Laboratorios: La importancia del diseño en relación al riesgo que presenten

Al igual que ocurre con la ubicación y la distribución, el diseño de un laboratorio también es importante en relación al riesgo que presente. Aquí se indican los aspectos que deben de tenerse en cuenta en el diseño de un laboratorio para tener un adecuado nivel de protección en el mismo, considerando sus necesidades y las actividades que se realizan.

El diseño del laboratorio debe responder a las necesidades del mismo, predominando la seguridad, la funcionalidad y la eficacia, sobre los criterios puramente estéticos, si bien se deben intentar conjugar todos ellos.

Si desea ampliar la información sobre este Trabajo técnico, ingrese a REPORTER I.A.S.  NOTICIAS E INFORMACIONES TECNICAS Y DE INTERES GENERAL

 

 

 

Cursos I.A.S.

       SEGURIDAD EN LA CONSTRUCCIÓN

En la Sede del I.A.S., el 10 de AGOSTO, de 9:30 a 12:30 y de 14:00 a 17:00 horas.

Organizado por el Centro de Estudios sobre Seguridad e Higiene Industrial del I.A.S., se llevará a cabo este encuentro educativo, con el objeto de brindar conocimientos generales y específicos que contemplen las situaciones especiales y modalidades de la Higiene y Seguridad en el Trabajo en la Industria de la Construcción, de acuerdo con la nueva Legislación vigente en la materia. 

Para ampliar detalles relacionados, reserva de vacantes y solicitudes, rogamos dirigirse a: capacitacion@ias.org.ar o recabar datos en nuestra Página Web: www.ias.org.ar / Link Capacitacion / Programa Anual 2005

 

 

Seguridad en el Tránsito

 

MANEJAR A LA DEFENSIVA

Podríamos decir, que el manejo defensivo consiste en una serie de buenos hábitos mediante los cuales se llega a evitar, colisiones, atropellos, vuelcos, y toda clase de accidentes de tránsito. Así entonces, manejar a la defensiva consiste en conducir, previendo todas las situaciones de peligro originadas:

a) Por actos inseguros del conductor, tales como: fatiga, distracción, visibilidad, etc.

b) Por actos inseguros de otros conductores, tales como: los anteriores, así como manejo peligroso e inseguro.

c) Por condiciones adversas que muchos conductores consideran imprevistas, tales como lluvia, neblina, viento, desvíos, etc.

De acuerdo con lo anterior, no se justifica que un conductor argumente que el accidente se produjo porque él no se imaginaba, que el otro conductor haría una maniobra inesperada. Resumiendo podemos decir que quien conduce a la defensiva debe:

ESPERAR TODO, IMAGINARSE TODO, SUPONER TODO.
En síntesis:

MANEJAR A LA DEFENSIVA SIGNIFICA SER PRUDENTE EN EXTREMO, EVITANDO TODO EXCESO DE CONFIANZA.

 

Para ampliar esta información, ingresar a REPORTER I.A.S. – Noticias e Informaciones Técnicas y de Interés General

 

IMPORTANTE:

En nuestra Página Web se publican los INFORMATIVOS ON LINE del I.A.S., desde el año 2003 a la fecha.

Consúltelos a través del Link “INFORMATIVOS I.A.S. ON LINE” en la página principal (Home)

Las Empresas y Personas Asociadas al I.A.S. tienen acceso a la totalidad de la información de este Boletín. El material  publicado en este Informativo, puede encontrarse ingresando a nuestra Página Web: www.ias.org.ar   è  I.A.S. ON LINE y con su Código Personal acceder a: è REPORTER I.A.S. è en NOTICIAS E INFORMACIONES TÉCNICAS Y DE INTERÉS GENERAL  y  en NOTICIAS PERIÓDICAS DE ACTUALIZACIÓN LEGAL.